Renting Banca Cívica

Banca Cívica te ofrece el servicio de renting para tu empresa. La forma más sencilla de disponer de un vehículo u otros bienes de equipo para tu empresa sin realizar un desembolso de dinero inicial.

Servicio renting Banca Cívica
Banca Cívica Banca Cívica
Te gustará:
  • Disfruta del bien desde el primer momento sin realizar desembolso inicial y sin contabilizar deudas.
  • Una única cuota mensual con todos los gastos: uso, mantenimiento, seguros…
Ventajas: 
  • Simplifica la contabilidad evitando activar los bienes, contabilizar amortizaciones, deudas…
  • El 100% de la cuota de renting es un gasto deducible para empresas y profesionales.


El renting permite disfrutar de vehículos u otros bienes de equipo sin realizar desembolso inicial y sin contabilizar deudas para la empresa.

Se trata de un contrato de arrendamiento de bienes (vehículos o equipamiento industrial) por el que el arrendatario se compromete al pago de una cuota fija mensual durante el plazo de la operación. A cambio de ésta cuota mensual, dispone del uso y disfrute del bien durante ese plazo, incluidos el mantenimiento y el seguro a todo riesgo.

El renting puede utilizarse por cualquier persona física o jurídica para la utilización de vehículos turismos y comerciales (que no superen un peso máximo autorizado de 3,5 toneladas), equipos informáticos, fotocopiadoras, centralitas, telecomunicaciones, carretillas elevadoras, maquinaria y otros bienes de equipo.

El contrato se establece por un plazo de entre 1 y 5 años, en función del tipo de bien y de su coste, situándose los plazos más habituales entre 2 y 4 años.


Para las empresas y profesionales liberales que utilizan el renting como fórmula de utilización de vehículos u otros bienes afectos a su actividad empresarial o profesional, la totalidad de la cuota mensual del renting es un gasto deducible a efectos fiscales.

Además, el IVA incluido en la cuota es totalmente compensable.


  • La empresa disfruta del bien desde el primer momento a cambio de una cuota mensual, con lo que evita el desembolso inicial y la contabilización de deuda: preserva su liquidez y capacidad de endeudamiento.
  • La cuota mensual se contabiliza íntegramente como gasto corriente, simplificando la contabilidad (evitando activación de bienes, amortizaciones…).
  • Agrupa todos los gastos derivados del uso del bien en una única cuota: arrendamiento, mantenimiento, seguro…
  • Cuando el bien está destinado a la actividad empresarial/profesional, la totalidad de la cuota es un gasto deducible a efectos fiscales y el IVA es totalmente compensable.

¿Qué conceptos incluye la cuota mensual de renting de un vehículo?
La cuota de renting de un vehículo incluye:

  • Impuesto de matriculación y tasas de tráfico.
  • Impuesto municipal de circulación durante la vigencia del contrato.
  • Mantenimiento recomendado por el fabricante.
  • Reparaciones que precise (salvo las derivadas por mal uso).
  • Cambio de neumáticos, generalmente se efectuará cada 40.000 Km.
  • Asistencia en carretera las 24 horas.
  • Seguro a todo riesgo sin franquicia durante la vigencia del contrato.

¿Puedo utilizar en renting otros bienes que no sean vehículos?
Por supuesto, además de vehículos, pueden utilizarse en régimen de renting equipos informáticos, fotocopiadoras, centralitas, telecomunicaciones, carretillas elevadoras, maquinaria y otros bienes de equipo.

¿Puede contratar renting una persona física?
Cualquier persona física o jurídica puede contratar renting. Quienes utilicen los bienes en renting para su actividad empresarial o profesional podrán deducirlo fiscalmente como gasto de su actividad, pero cualquier persona puede contratarlo incluso para su uso particular.

¿Puedo finalizar el renting antes de cumpirse el plazo para el que se contrata?
El contrato de renting únicamente se puede cancelar al finalizar el plazo contratado. Excepcionalmente, si se accediese a la cancelación anticipada, existirá una penalización que figurará en las condiciones particulares del contrato.

¿Tengo que depositar una fianza para formalizar el contrato de renting?
El arrendatario depositará un importe equivalente al pago de una cuota mensual como garantía de la devolución del bien en normales condiciones de uso.


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